Salvemos el patrimonio cultural: no a la extensión del copyright en Uruguay

Ante el tratamiento en el Senado de un proyecto de ley que elevaría a 70 años los plazos de derechos de autor y conexos, que fuera presentado por el senador Pablo Mieres y rechazado en el pleno, consideramos necesario explicar los perjuicios que un aumento de estas características traería sobre el acceso al patrimonio cultural y el derecho de acceso a la cultura.

En los medios de comunicación se ha asociado dicha extensión únicamente con la actividad de músicos e intérpretes, pero nada se ha dicho hasta el momento sobre el verdadero alcance de esta reforma. El derecho de autor cubre a todas las creaciones del intelecto humano, no solo la música, y la sociedad debe informarse sobre el alcance de esta propuesta de aumentar los plazos de propiedad intelectual a nivel de la cultura toda.

El aumento de plazos devolvería al dominio privado miles de obras y materiales culturales que hoy se encuentran en dominio público, afectando el derecho de acceso a la cultura y al conocimiento. Obras como las de Felisberto Hernández, Petrona Viera, Susana Soca, Justino Zavala Muniz, Julio Suárez (Peloduro), Lauro Ayestarán, Carmen Barradas, Carlos Vaz Ferreira o Juan José Morosoli se privatizarían y deberían ser borradas de Internet. Datos disponibles en la base de datos autores.uy demuestran estos daños, tal como se explica en este informe.

Una propuesta legislativa similar fue introducida en la Rendición de Cuentas del año 2013, provocando un rechazo generalizado del sector cultural y de la ciudadanía en su conjunto. Ese rechazo social provocó el retiro de la propuesta en aquella oportunidad.

La normativa de derecho de autor debe reflejar un equilibrio entre los titulares de derechos de propiedad intelectual y el resto de la ciudadanía, a la que hay que garantizar el derecho de acceder y participar en la vida cultural. Este proyecto de ley atenta contra ese equilibrio.

El proyecto de ley en discusión transformará a colecciones completas de obras con gran valor histórico en material indisponible. De hecho, ante la falta de excepciones al derecho de autor que permitan realizar copias de preservación y ante los altos costos que implica ubicar a cada heredero de cada obra (fotográfica, literaria, musical, audiovisual, etc.), quienes impulsan iniciativas de preservación y/o digitalización se ven obligados a esperar al ingreso al dominio publico de cada obra para realizar estas tareas. Aumentar 20 años más este plazo de espera implicará una pérdida irremediable de miles de obras.

La ampliación de derechos para los artistas no se consigue extendiendo los ya larguísimos plazos de propiedad intelectual, que mayormente benefician a herederos e intermediarios. Para lograr este objetivo, es necesario impulsar una regulación de los contratos de edición que prohíba los términos abusivos a los que se ven sometidos los artistas. Asimismo, es fundamental garantizar una seguridad social sólida para los artistas, que les permita tener cobertura de salud y una jubilación digna. No menos importante es garantizar la transparencia de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor, y disminuir sus altísimos descuentos administrativos.

El proyecto de extensión de plazos de derechos de propiedad intelectual no atiende ninguna de estas necesidades reales de los artistas. Está orientado, en cambio, a aumentar el stock de activos de empresas discográficas y de otras entidades intermediarias.

Por todo lo anterior, nos oponemos al proyecto de ley presentado por el senador Pablo Mieres, y, en general, a cualquier proyecto de extensión de plazos de derechos de propiedad intelectual que menoscaben los derechos culturales de la ciudadanía.

También les pedimos a nuestros legisladores y legisladoras que retomen el tratamiento del proyecto de ley de acceso a la cultura y a materiales de estudio, que recibió en 2016 media sanción del Senado y que hoy, lamentablemente, se encuentra paralizado. Invitamos a la ciudadanía a seguir sumando sus adhesiones a la plataforma de apoyo a dicho proyecto.

En definitiva, esperamos que, a la hora de legislar sobre la normativa de derecho de autor, el Parlamento uruguayo tome en cuenta el interés general de la ciudadanía y los derechos culturales de toda la sociedad, basándose en un amplio e informado debate social.

Contra la privatización del patrimonio fonográfico

La Cámara Uruguaya del Disco y las sociedades de recaudación de derechos de autor vuelven a la carga para privatizar 20 años de patrimonio cultural en Uruguay. Así lo hicieron saber a través de un comunicado y una conferencia de prensa en los últimos días.

Mientras el Parlamento discute un proyecto de ley para facilitar el acceso a los materiales de estudio, incorporando limitaciones y excepciones al derecho de autor con el fin de evitar la criminalización de las prácticas culturales y educativas cotidianas, las entidades dueñas de los derechos buscan torcer el eje del debate ciudadano difundiendo un manifiesto que pretende extender el plazo del dominio privado sobre los materiales culturales.

El objetivo de quienes impulsan la campaña es retener en poder de un puñado de empresas discográficas los derechos sobre las grabaciones musicales de las décadas de 1950 y 1960. Para ello exigen elevar de 50 a 70 años el plazo de los derechos patrimoniales concedidos a los intérpretes y productores de fonogramas, y utilizan un encendido discurso que gira confusamente alrededor de los derechos de los artistas. Lo que no dice la campaña es que los artistas, al ser en la mayoría de los casos autores de las letras o de las composiciones musicales, ya cuentan con un plazo de derechos de autor que cubre toda su vida y hasta 50 años después de su muerte, por lo que jamás pueden ser el eje central de esta arremetida. La realidad, en cambio, es que la principal perjudicada será la ciudadanía en su derecho de acceder al patrimonio musical de buena parte del siglo XX, dado que se impedirá la preservación y la difusión de las grabaciones (aproximadamente unos 2000 discos uruguayos de 78, 45 y 33 rpm) por parte de museos, archivos y colectivos culturales, mientras las propias discográficas realizan un pobrísimo trabajo de reedición. Muchos de estos discos corren el peligro de sufrir un deterioro irreversible por el paso del tiempo si es que, para favorecer la explotación que realizan las empresas de unas pocas grabaciones famosas, se condena al resto del patrimonio cultural a permanecer en la oscuridad durante 20 años más.

Pero además de afectar el derecho de acceso a la cultura, la privatización del patrimonio musical trae perjuicios económicos para Uruguay, dado que profundiza el enorme déficit en la balanza comercial en materia de propiedad intelectual. Es que una ley así provoca un inmediato drenaje de grandes sumas de dinero desde nuestro país hacia las multinacionales que son dueñas de grabaciones de los años 60 de bandas como los Beatles y los Rolling Stones, sin una contraparte equivalente que provenga del exterior.

Las mismas entidades que hoy impulsan este reclamo ya intentaron aumentar el plazo de derecho de autor en 2013. La propuesta recibió aquella vez un contundente rechazo social, en defensa del patrimonio cultural común, que motivó al Ministerio de Educación y Cultura a organizar jornadas de debate ciudadano sobre el tema. El debate social reveló la rigidez del régimen de propiedad intelectual en nuestro país, aportando elementos para la incorporación de excepciones y limitaciones a la ley de derecho de autor que faciliten el acceso a la cultura.

Sin embargo, pasando por alto estos antecedentes, la Cámara del Disco y las entidades recaudadoras de derechos de propiedad intelectual vuelven a la carga para reclamar derechos exclusivos sobre una cultura que nos pertenece a todas y todos.

Por otra parte, el hecho de que la Sociedad Uruguaya de Artistas Intérpretes firme el manifiesto en alianza con la Cámara Uruguaya del Disco resulta inexplicable a la luz de los problemas concretos y profundos que afectan a los artistas. Es evidente que nuestros músicos e intérpretes necesitan mejorar sus condiciones de trabajo, dejar de ser víctimas de contratos abusivos con las discográficas, cobrar en tiempo y forma por sus presentaciones, disponer de condiciones apropiadas para tocar, tener la posibilidad de jubilarse como cualquier otro trabajador. Todas estas cuestiones conforman las verdaderas luchas cotidianas de los artistas, y no, en cambio, la extensión de los derechos de propiedad intelectual sobre grabaciones remotas. Por eso llama la atención que las entidades que dicen representar a los artistas, en lugar de enfrentarse a las discográficas para dejar de sufrir sus abusos, firmen un manifiesto reclamando por los derechos de estas empresas.

Hacia el final de la declaración, para colmo, aluden inesperadamente a la defensa de los derechos de las minorías, y le reprochan al Estado que “se niegue a defender los derechos de la minoría generadora de la producción artística, orgullo e identidad del Uruguay”. Semejante abuso del término “minoría” para defender el interés corporativo de una cámara empresarial no puede más que generar el repudio por parte de quienes realmente militamos por un Uruguay con más derechos para todas y todos.

Desde el movimiento Derecho a la Cultura vamos a trabajar, así como lo hicimos en 2013, para defender una cultura democrática a la que todas las personas podamos acceder y en la que nadie se vea privado de participar. Llamamos a nuestros representantes y a toda la ciudadanía a seguir defendiendo el patrimonio cultural como un bien común frente a las embestidas privatizadoras.

Todos ganamos derechos: petición ciudadana en favor de la reforma del derecho de autor

Más de 300 personas ya firmaron una carta ciudadana para pedirles a los miembros de la Cámara de Representantes que le den aprobación definitiva a la ley de acceso a la cultura y a materiales de estudio.

La carta plantea la necesidad de acompasar la ley de derecho de autor con las prácticas de acceso a la cultura del siglo XXI. Explica que todos los sectores involucrados van a ganar derechos con esta nueva ley, legalizando usos y costumbres ampliamente aceptados, que garantizan derechos culturales fundamentales. Además, subraya la necesidad de que el proyecto se apruebe tal como se le dio media sanción en el Senado, sin recortes innecesarios.

«Tenemos la convicción de que la Cámara de Senadores aprobó una ley garantista, justa para todos y adecuada a los tiempos que corren. Una ley apoyada por amplios sectores de la sociedad que se han manifestado a su favor. Por eso, consideramos que la Cámara de Representantes debe aprobar este proyecto que regula el acceso a la cultura y nos pone, como ciudadanos, en igualdad de derechos con nuestros pares de la región y del mundo.»

El Movimiento Derecho a la Cultura apoya la carta ciudadana e invita a sumar adhesiones. Pueden leer la carta completa y agregar sus firmas en el sitio web todosganamosderechos.org

El derecho a estudiar es justo. Defendámoslo ahora.

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El pasado 6 de abril el proyecto de ley que incorpora limitaciones y excepciones a la ley de derechos de autor fue aprobado en la Comisión de Educación y Cultura del Senado uruguayo y está próximo a recibir media sanción en esa cámara.

El proyecto de ley beneficia a estudiantes, docentes, bibliotecólogos, investigadores y al público en general, al actualizar un capítulo de excepciones que no se modificaba desde que la ley de derechos de autor fue promulgada en 1937. Estas excepciones permiten que dejen de ser violaciones a los derechos de autor, actividades cotidianas como navegar en Internet, recibir un libro prestado en una biblioteca, o fotocopiar un fragmento de un libro para estudiar. En el caso de las infracciones a la norma que se realicen sin fines de lucro, el proyecto las quita de la órbita penal (lo cual hasta el día de hoy puede desembocar en penas de cárcel para los infractores), pasándolas al plano civil, que es donde deben ser analizadas las acciones que causan, en el peor de los casos, solo un hipotético perjuicio comercial.

Este proyecto cuenta con el más amplio apoyo popular, y lo avalan desde el movimiento estudiantil a los trabajadores del PIT-CNT, pasando por bibliotecólogos, investigadores, docentes y organizaciones sociales que militan por el acceso a la cultura.

En las últimas horas, dirigentes de AGADU han establecido contactos políticos a todo nivel para tratar de presionar buscando la eliminación del artículo que quitará del ámbito penal las infracciones al derecho de autor que se cometen sin fines de lucro y sin ánimo de generar perjuicio al autor.

Esta actitud de un puñado de dirigentes de AGADU demuestra la mezquindad de una dirigencia apartada de sus bases, que con una actitud corporativa, que no representa en absoluto el sentir de la gran masa de autores y autoras de nuestro país, apunta a mantener la inseguridad jurídica en la que toda la ciudadanía se encuentra por actividades tan comunes como realizar copias para estudiar o compartir una fotografía en las redes sociales.

Cabe recordar que en AGADU tiene derecho a voto menos del 15% de los socios, y la actual directiva fue elegida por menos del 3% de ellos. Sólo están habilitados a votar aquellos autores que pertenecen a una pequeña minoría que maneja los hilos de la institución en función de sus intereses corporativos.

La directiva de la Cámara Uruguaya del Libro (CUL) también ha presionado sistemáticamente para evitar que las excepciones al derecho de autor en favor de la cultura, la educación y bibliotecas se conviertan en ley. Afirman que tales excepciones destruirían la industria editorial uruguaya, sin advertir que en los más de 150 países donde ya existen excepciones para bibliotecas o en la cantidad similar de países que ya cuentan con excepciones para educación, la industria del libro funciona sin inconvenientes. El mayor peligro para los dirigentes de la Cámara del Libro no es, por cierto, el proyecto que el Parlamento se apresta a aprobar, sino su propia visión anacrónica del ecosistema del libro, que así como los lleva a protestar por las prácticas de acceso a la cultura de los usuarios en el siglo XXI, también les impide ver oportunidades de negocio que vayan más allá de los rígidos monopolios sobre las copias.

Desde el Movimiento Derecho a la Cultura afirmamos que esta reforma es justa y necesaria. Equilibra derechos que estaban brutalmente desbalanceados en favor de las corporaciones que controlan la propiedad intelectual y en contra de los derechos de los usuarios. Convocamos a la ciudadanía a manifestar su apoyo desde las barras del Senado el día de la votación, que tendrá lugar el 13 de abril desde las 9:30 hs.

Apoyo a la reforma del derecho de autor

Desde el movimiento Derecho a la Cultura manifestamos nuestro apoyo al proyecto de ley actualmente a estudio del Senado que reforma la ley de derecho de autor para facilitar el acceso a materiales educativos y culturales.

El proyecto se origina a raíz de los allanamientos a las fotocopiadoras adyacentes a la facultad de Derecho ocurridos en octubre de 2013. En dicha oportunidad, el cierre intempestivo de las fotocopiadoras causó enormes dificultades para el acceso a materiales de estudio, poniendo de relieve que la ley de derecho de autor uruguaya es anacrónica e hiperrestrictiva. Esta ley criminaliza prácticas legítimas de acceso a la cultura y a la educación, privilegiando los derechos de las empresas intermediarias por sobre los derechos de los usuarios y los autores.

Con el respaldo de más de 10 mil firmas, el Centro de Estudiantes de Derecho presentó a fines de 2013 un anteproyecto de ley para cambiar esta realidad, añadiendo excepciones al derecho de autor en beneficio del acceso a la educación y a la cultura. Tal iniciativa se convirtió en proyecto de ley en 2014, pero la cercanía con el cierre del período parlamentario y los tiempos de campaña electoral fueron factores que impidieron su aprobación en aquel momento.

Sin embargo, en julio de 2015, un grupo importante de senadores presentó nuevamente el proyecto de ley, el cual fue enviado a la Comisión de Educación y Cultura del Senado, donde hoy se encuentra. El proyecto actual habilita la copia de pequeños fragmentos de obras para fines de enseñanza, así como la copia de una obra para uso personal y las reproducciones que realizan las bibliotecas para la preservación del patrimonio cultural, entre otras cuestiones de suma importancia para garantizar que el acceso a la cultura y a la educación no sean delitos penales en nuestro país. En el mismo sentido, el proyecto elimina los castigos penales para las infracciones sin fines de lucro, dejando en el ámbito civil una cuestión que hoy absurdamente se encuentra dentro de la esfera penal.

Este proyecto de ley es sin dudas un excelente primer paso para lograr un cambio de paradigma en nuestro país, donde el libre acceso a la cultura sea la norma y no algo oculto y perseguido. Beneficia de manera directa a la comunidad educativa, a las bibliotecas y archivos, a los usuarios de la cultura y a los autores independientes de todas las disciplinas. No se trata de un proyecto ambicioso ni revolucionario; más bien, busca reconocer en Uruguay algunos derechos de los usuarios que son reconocidos en numerosas legislaciones.

Mapa de excepciones

Mapa de excepciones al derecho de autor para bibliotecas. En azul, los países que cuentan con una diversidad de excepciones. En rojo, los países que no cuentan con excepciones, entre los que se encuentra Uruguay. Fuente: http://www.wipo.int/edocs/mdocs/copyright/en/sccr_29/sccr_29_presentations.pdf

En línea con nuestra agenda de propuestas, desde el movimiento Derecho a la Cultura apoyamos plenamente las reformas previstas en el actual proyecto de ley, si bien también creemos que es posible mejorarlo incorporándole nuevos puntos importantes, entre los cuales se encuentra el reconocimiento explícito del préstamo bibliotecario; excepciones para investigación; una disposición para poder utilizar las obras huérfanas o indisponibles; una excepción de parodia, sátira, pastiche y otros usos transformativos; y una cláusula abierta que contemple de manera general el uso justo de obras bajo derecho de autor. En síntesis, se trata de un buen proyecto, que no obstante sería deseable ampliar para potenciar su eficacia.

A pesar del evidente beneficio que el proyecto trae para toda la ciudadanía, directivos de la Cámara Uruguaya del Libro han tenido una lamentable comparecencia en la Comisión de Educación y Cultura del Parlamento, donde afirmaron que el reconocimiento de excepciones al derecho de autor para educación y bibliotecas destruiría la industria del libro. Cabe preguntarse si la industria del libro ha sido destruida o si por el contrario sigue funcionando sin inconvenientes en los más de 150 países donde existen excepciones para bibliotecas o en la cantidad similar de países que ya cuentan  con excepciones para educación. Evidentemente, se trata de una falacia que habla menos del proyecto de ley que de la mezquindad de los dirigentes de dicha cámara empresarial, quienes se han opuesto sistemáticamente a cualquier avance en el derecho de acceso a la cultura de la ciudadanía.

En conclusión, solicitamos a nuestros legisladores que consideren positivamente el actual proyecto de ley de reforma del derecho de autor, que desconfíen de las advertencias apocalípticas de las cámaras empresariales y que, muy por el contrario, consideren la incorporación de nuevos puntos al proyecto para mejorar su finalidad socializante. Se trata de un proyecto progresista, que amplía los derechos culturales de toda la ciudadanía sin afectar los intereses de los autores. Por lo tanto, debe ser apoyado y convertido en ley.

Contra la privatización del patrimonio fotográfico en Argentina

estas fotos van a desaparecer

Las organizaciones abajo firmantes hacemos saber nuestra preocupación por el proyecto de ley que aumenta en Argentina el plazo de derecho de autor de las fotografías.

En Argentina actualmente las fotografías entran en dominio público 20 años después de publicadas. El proyecto de ley presentado por los diputados nacionales Liliana Mazure, Gloria Bidegain, Susana Canela, Gastón Harispe, Héctor Recalde y Eduardo Seminara, busca extender el plazo de derecho de autor de las fotografías hasta los 70 años posteriores a la muerte del autor.

Comprendemos y nos parece loable la intención de proteger a los trabajadores de la cultura. La falta de protección que sufren estos trabajadores en su quehacer cotidiano es un problema largamente conocido que necesita ser abordado de manera multidimensional, para asegurar contratos justos, ingresos acordes y seguridad social, en línea con los derechos conquistados por los trabajadores de otros sectores.

Sin embargo, esto no es lo que el proyecto de ley actual propone. Por el contrario, la ampliación del plazo de monopolio sobre las fotografías desatiende los problemas centrales de la profesión, no redunda en beneficios para los fotógrafos y, de manera añadida, lesiona el interés general de acceder a la cultura y a la memoria histórica.

Es bien conocido que en la mayoría de los casos los titulares de las obras fotográficas no son los autores, sino los editores y los medios de comunicación a quienes ellos las ceden. Al extender el plazo del monopolio sobre las obras fotográficas, los principales beneficiarios serán, por tanto, las empresas titulares de los derechos. De este modo, el proyecto no guarda relación con el objetivo de garantizar un nivel de vida digno a los creadores.

Las fotografías, más que otros materiales culturales, guardan un especial interés público, dado que dan cuenta de los procesos históricos y culturales de una sociedad. Representan las costumbres de épocas pasadas, fijan en la memoria colectiva sucesos históricos y retratan a sus personajes principales. La indisponibilidad de las imágenes del pasado dificulta el ejercicio de la memoria histórica afectando el interés común de la sociedad.

De aprobarse el proyecto de ley, miles de imágenes de Argentina deberán ser eliminadas de Internet y de otros lugares donde estén a disposición del público, dado que la extensión del plazo operará retroactivamente. En caso de no retirar las fotografías, las instituciones y personas que las pongan a disposición podrían enfrentar procesos civiles y penales.

Entre las entidades afectadas por el proyecto de ley se encuentran los museos, archivos y bibliotecas públicas y populares, que cada vez más frecuentemente digitalizan sus acervos y los ponen a disposición de la ciudadanía en Internet. Proyectos como la biblioteca digital Trapalanda, de la Biblioteca Nacional, y los esfuerzos de digitalización y puesta a disposición del Archivo General de la Nación de Argentina van a verse severamente afectados por la medida, debiendo retirar grandes cantidades de fotografías del acceso abierto y público en Internet.

Otra de las iniciativas que más sufrirá será Wikipedia, la enciclopedia comunitaria y sin fines de lucro a través de la cual todos actualmente accedemos al conocimiento de manera libre y gratuita. Miles de fotografías de Argentina que ilustran artículos enciclopédicos de enorme importancia deberán ser eliminadas, afectando principalmente a los usuarios que día a día utilizan Wikipedia para acceder al conocimiento y aprender.

Por último, la demora en la entrada en dominio público de las obras fotográficas plantea dificultades para la preservación de las mismas. Para preservar fotografías es necesario poder realizar copias y distribuirlas de modo eficaz, lo cual bajo este proyecto de ley será imposible a menos que se cuente con la autorización expresa del autor. Más que con ningún otro formato de obra, las fotografías tienden especialmente a convertirse en obras huérfanas, es decir, que se vuelve imposible localizar a sus autores. A la luz de esta dificultad habitual, la extensión del plazo de derecho de autor desde 20 años post-publicación a 70 años post-mortem impondrá sobre los esfuerzos de preservación una enorme barrera.

En definitiva, el proyecto actual afectará el acceso a la cultura y la preservación de la memoria histórica, dificultará el trabajo de las instituciones culturales y, en lugar de beneficiar a los fotógrafos, favorecerá a las empresas intermediarias, desatendiendo las soluciones reales que los trabajadores culturales necesitan.

Las organizaciones firmantes les pedimos a los legisladores de Argentina que retiren el proyecto de ley y que abran un debate público tendiente a mejorar las condiciones generales para la circulación de los bienes culturales en Argentina.

Firmantes:

Acceso Libre – Venezuela
ACI-Participa – Honduras
Ártica – Centro Cultural Online – Uruguay
Asociación para el Progreso de las Comunicaciones – Internacional
Asociación por los Derechos Civiles – Argentina
Avellaneda Libre – Argentina
BaixaCultura – Brasil
Casa13 – Argentina
CasaFractal – Colombia
Colectivo de Fotografía Las Niñas – Chile
Colectivo Espika – Uruguay
Creative Commons Argentina
Creative Commons Colombia
Creative Commons Uruguay
Circuito Cultural Cono Sur, NODO Cba. (CCCS)
Derecho a la Cultura – Uruguay
Derechos Digitales – Chile
El eje: creatividades colaborativas – Colombia
Electronic Frontier Foundation – Internacional
FOSS Lawyers Institute – Ecuador
FotoLivre – Brasil
Fundación Imagen – Bolivia
Fundación Karisma – Colombia
Gráfica Libre – Internacional
HackLab Cochabamba – Bolivia
Hiperderecho – Perú
IPANDETEC – Panamá
Kino Graph Cine club – Colombia
Kinorama Producciones – Colombia
LibreBase Córdoba – Argentina
Medionegro – Argentina
MiSoL Misiones – Argentina
Periódico El Turbión – Colombia
Proyecto mARTadero – Bolivia
Public Knowledge – EUA
Red ECO – Chile
Red Panal – Argentina
Ruwashayku, Comunicación y Cultura – Perú
SADO Colectivo Fotográfico – Argentina
SuenaLibre – Chile
Sursiendo, Comunicación y Cultura Digital – México
TEDIC – Paraguay
TeléfonoRoto – Colombia
Telartes – Bolivia
Vía Láctea Ediciones – Uruguay
Wikimedia Italia
Wikimedia Uruguay
Zuma Ecosistemas Culturales – Colombia

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Para saber más:

http://www.vialibre.org.ar/2015/09/28/preocupacion-por-proyecto-de-extension-de-propiedad-intelectual-para-fotografias/

http://www.wikimedia.org.ar/2015/09/29/wikipedia-se-puede-quedar-sin-fotos-de-la-historia-argentina/

Sobre el acuerdo Google-ANEP-Ceibal y sus diferentes dimensiones

Publicado en https://nogoogleappsedenuy.wordpress.com/2015/07/30/mas-sobre-el-acuerdo-google-anep-ceibal/


Después de varias semanas de debate público sobre el acuerdo Google-ANEP-Ceibal, en el que nuestro colectivo recabó más de 300 adhesiones, logramos que se pusiera a consideración una alternativa a este acuerdo para proveer a los docentes y estudiantes del Plan Ceibal, correo electrónico y herramientas de colaboración análogas a las que se proponían en el acuerdo con Google, pero sin sus inconvenientes. Llegamos entonces al punto de poder buscar, como sociedad, una propuesta superadora.

Si bien el presidente del Plan Ceibal, Ing. Miguel Brechner, no ha aportado información clara acerca de si el acuerdo con Google fue descartado definitivamente o no, lo cierto es que autoridades de UdelaR y de Antel, con el apoyo explícito de la Comisión de Educación y Cultura del Senado, han decidido desarrollar una alternativa local para proveer herramientas al Plan Ceibal que mejoren la educación a través de las TIC. Esta nueva iniciativa se comenzaría a discutir en la reactivada Comisión Ceibal, en la que se reúnen distintos organismos públicos para apoyar al Plan Ceibal e incidir en su mejor desarrollo. Celebramos estos pasos como excelentes noticias.

A lo largo de estas semanas de debate nos hemos encontrado con personas sinceramente contrariadas ante lo que consideran la posible pérdida de una oportunidad de mejorar la educación con herramientas TIC. Queremos en este nuevo comunicado llegar a esta parte de la opinión pública para ayudar a entender qué promovemos y a qué nos oponemos, desde cuatro puntos de vista: desde el punto de vista de la protección de datos de los estudiantes, desde el punto de vista de las mejoras en las tecnologías educativas, desde el punto de vista del gasto público y de los hogares, y desde el punto de vista del desarrollo tecnológico soberano.


La protección de datos de los estudiantes: Google y su modelo de negocios


El acuerdo Google-ANEP-Ceibal es perjudicial para la protección de datos de los alumnos y docentes del sistema educativo. El informe elaborado por la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales de AGESIC acerca del tema se limita a explicar el “compromiso” que asume Google respecto del uso de los datos personales de los usuarios. En otras palabras, simplemente analiza la legalidad los términos y condiciones del servicio impuestos por Google. Pero no dice nada sobre cómo y dónde reclamar si un usuario uruguayo es violentado en su derecho a la privacidad y a la protección de sus datos personales. Y ese es, de hecho, el principal problema: si Google incumple el contrato (algo que ya hizo en diversas oportunidades en otros países), el derrotero para acceder a la justicia se convierte en una verdadera pesadilla, dado que todos los datos se encuentran alojados bajo jurisdicción extranjera. Este problema es bien conocido, entre otros, por las autoridades europeas del área de protección de datos, quienes, con mucha dificultad y casi sin éxito, le han exigido en numerosas ocasiones a Google que solucione los problemas de protección de datos que comprometen la privacidad de sus ciudadanos. Imaginemos lo poco que podrá lograr un usuario común que pretenda proteger su privacidad, y mucho menos, un niño o un adolescente.

Google es una empresa que vive literalmente de violentar la privacidad. Su modelo de negocios consiste en acceder a todos los datos de sus usuarios, de la forma más exhaustiva posible, para vender publicidad segmentada. Su política de privacidad está unificada para una amplia gama de servicios y le permite recabar y combinar datos de dichos servicios para conformar detallados perfiles de sus usuarios con el fin de optimizar su mercado de publicidad personalizada. Si bien la empresa afirma que en su versión educativa no se muestra publicidad, esto no quiere decir que no recabará y procesará los datos de los docentes y estudiantes para mostrarles publicidad en otros servicios de Google, como por ejemplo, el buscador o YouTube. De hecho, esto ocurrió y fue admitido por abogados de Google en una demanda ganada por estudiantes universitarios en EEUU el año pasado.

En otras palabras, no es la protección de la privacidad sino la explotación comercial de los datos personales lo que está en la misma esencia del diseño de Google. No se trata de un aspecto colateral, sino que es parte fundamental del modelo de negocios de la compañía. Es por ese motivo que, por mencionar un ejemplo, en el Houston Independent School District de EE.UU. (con 210.000 niños usando el modelo 1 a 1), las autoridades decidieron utilizar otro producto, rechazando el que ofrecía Google, por ser esta una empresa cuyo modelo de negocios se centra en el data mining.

Por todo lo anterior, no queremos que la educación uruguaya adopte institucionalmente los servicios de un proveedor que tiene como base de su modelo de negocios el rastreo de las comunicaciones personales. Es inaceptable que las autoridades de protección de datos de nuestro país no exijan ningún mecanismo efectivo para controlar y sancionar a Google en caso de un incumplimiento de su “compromiso” de no violar la privacidad de los usuarios del Plan Ceibal. Lo que el sistema educativo uruguayo necesita son servicios no intrusivos, que no recopilen datos personales, excepto los mínimamente necesarios para su funcionamiento, y en ese caso cumpliendo a cabalidad con la legislación vigente (Ley 18.331, entre otras). Claramente, estos servicios no los puede brindar una empresa que se dedica a todo lo contrario: recabar y examinar todo lo que los usuarios hacen en Internet.


Las políticas de tecnología educativa: todo bajo el control de uno solo


La polémica que se desató tiene otro eje en el control que ejercerá Google como proveedor de tecnología educativa en caso de que se ponga en marcha el acuerdo. Basta con acceder a la web corporativa del programa Google for Education para comprobar que se trata de una plataforma que ofrece todos los servicios bajo el control de Google: herramientas de comunicación y productividad, aplicaciones educativas e incluso dispositivos. Las cuentas gratuitas que provee Google al sector educativo son, casualmente, imprescindibles para el siguiente paso: el acceso a las aplicaciones y contenidos educativos de Google Play for Education, paso en el cual el Ing. Brechner admitió que se estaba avanzando. Y el uso de las aplicaciones y contenidos de Google Play for Education solamente es posible con laptops y tablets de Google.

Del comunicado del Plan Ceibal del 22 de julio se desprende que la variedad de proveedores y la diversidad de propuestas y soluciones han sido hasta ahora saludables para Ceibal. Pero el acuerdo Google-ANEP-Ceibal nos genera un justificado temor por el viraje hacia un modelo de plataforma centralizada, controlado por un monopolio extranjero. ¿Cuánta flexibilidad y autonomía conservarían Ceibal y el sistema educativo uruguayo a la hora de decidir sobre las tecnologías educativas? El riesgo patente en el acuerdo con Google es que el Plan Ceibal quede reducido a un mero intermediario institucional entre los 700.000 usuarios del sistema educativo y Google. Y los planes comerciales explícitos del programa Google for Education en el mundo, no son otros.

Por lo tanto, lo que no queremos es que el futuro del Plan Ceibal dependa de una plataforma única, centralizada y excluyente, que bloquee la diversidad necesaria para su sustentabilidad. Se debe evitar que Ceibal comience a transitar el camino hacia la dependencia de un único proveedor para todos sus servicios. Proponemos que se mantenga la apertura y pluralidad de opciones para definir qué tecnologías educativas se van a implementar. La mayor apertura y pluralidad se basan, entre otras cosas, en el software libre y en la web abierta, que permiten a la comunidad y a las autoridades educativas seleccionar, desarrollar e implementar las tecnologías que mejor se adapten a las necesidades de la educación pública. Tal apertura no sería posible con plataformas monopólicas que unifican cuentas de usuarios, aplicaciones y dispositivos bajo el dominio de una corporación multinacional.


El gasto del Estado y de las familias: un regalo con costos ocultos


A diferencia de lo que afirma el presidente del Plan Ceibal, el acuerdo Google-ANEP-Ceibal no es gratuito para el país. Para que todos los alumnos y docentes de la educación pública y privada de Uruguay accedan a estos servicios “ilimitados” alojados fuera del territorio nacional, Antel debe proveerles a todos esos usuarios la conexión con servidores ubicados en el exterior. Esto implica para la empresa telefónica estatal, contratar los servicios de los carriers internacionales que facturan por tráfico. El precio del tráfico internacional lo impone un mercado oligopólico, siendo mucho más alto que el del tráfico nacional, el cual es un parámetro que fija un ente público en función de nuestra estrategia de inversión y desarrollo como país. Que cientos de miles de nuevos usuarios de Google utilicen servicios y carguen sus documentos, imágenes y videos en servidores fuera del país supondrá gastos recurrentes de tráfico internacional que no pueden tomarse a la ligera.

Menos aún puede ignorarse que, si a raíz de este primer acuerdo, se avanza hacia la incorporación de las aplicaciones educativas de Google Play for Education, tal como ya dijimos que adelantó el mismo Brechner, se estaría optando por aplicaciones incompatibles con las ceibalitas actuales, exigiendo el uso de las computadoras Chromebook, diseñadas también por Google. El reemplazo de las máquinas implicará un nuevo gasto no previsto al firmar el acuerdo supuestamente gratuito.

Por otra parte, existen costos importantes que se trasladan a los usuarios de menos recursos. Nos referimos a aquellas familias que utilizan Antel Universal Hogares, el servicio de conectividad de 1 Gigabyte por mes ofrecido gratuitamente por el Estado uruguayo a todos los hogares con contrato de telefonía fija. Mientras que Antel no computa en los planes Universal Hogares el tráfico educativo a dominios .edu.uy (como por ejemplo el tráfico que se establece al utilizar la Biblioteca Digital Ceibal), el tráfico generado en los servicios de Google tendría que ser computado al no poder ser diferenciado. De esta manera, una vez superado el límite mensual de 1 Gigabyte, los usuarios deberán pagar por el tráfico generado al realizar sus tareas educativas.

En síntesis, el “regalo” de Google tiene en realidad costos ocultos que pagaríamos todos los uruguayos.

Mientras tanto, la inversión tecnológica que viene haciendo Uruguay desde hace años permite perfectamente considerar que una “nube” educativa puede ser provista en territorio nacional por Antel. La empresa de telecomunicaciones estatal se ha encargado aceleradamente del tendido de fibra óptica, cuenta con dos importantes datacenters nacionales y viene mejorando notablemente su paquete de servicios Vera, ofreciendo desde hace meses una casilla de correo electrónico con funcionalidades y capacidad análogas a las que ofrece Gmail. Creemos que no se puede sencillamente desconocer estos avances en telecomunicaciones, dando por sentado que una megacorporación extranjera es la única capaz de brindar el servicio de tecnología educativa que se requiere.

Por lo tanto, para analizar el acuerdo Google-ANEP-Ceibal, es necesario considerar el gasto público real que genera, y no descartar las capacidades nacionales de proveer servicios educativos en la nube a partir de la infraestructura que hoy ya está disponible en Uruguay. Esto nos lleva al siguiente punto, uno de los más importantes.


Las políticas de desarrollo tecnológico: no hace falta reinventar la rueda


Con las XO y otras ceibalitas, cada niño y niña tiene una computadora en clase y en su casa. Estamos dando un valor enorme a las tecnologías en la educación. Estamos forjando en las nuevas generaciones las capacidades para el desarrollo en el área de las TIC. Y sin embargo, cuando necesitamos una herramienta tan básica como el correo electrónico, el Ing. Brechner no confía en las capacidades nacionales ya existentes y en desarrollo, no escucha a las personas e instituciones que le ofrecen soluciones locales, y procede directamente aceptando las promociones comerciales de una corporación monopólica estadounidense. Creemos que esta es una actitud sumamente derrotista: significa ir en contra de la apuesta por un sector productivo TIC generador de trabajo y oportunidades para las generaciones que hoy se forman con Ceibal.

Contar con un webmail y una suite de colaboración online, gratuitos y de calidad, basados en software libre y alojados en territorio nacional bajo las leyes nacionales, sería un adelanto no solamente para los usuarios de Ceibal, sino también para las empresas, las instituciones y la ciudadanía en general. Este servicio ya está siendo provisto por Antel. Sin dudas puede mejorarse y adaptarse a las necesidades del sistema educativo, pero únicamente se podrá llevar a un nivel de excelencia si se apuesta por su continuo desarrollo.

En definitiva, lo que promovemos es un esfuerzo conjunto de Antel, la UdelaR y el Plan Ceibal para hacer de estos servicios una alternativa real que satisfaga la demanda del sistema educativo uruguayo. No es necesario reinventar la rueda y empezar de cero. Lo que es necesario es articular y desarrollar de forma coordinada las herramientas, capacidades e infraestructuras que ya existen.

Google nos regala un servicio del que solamente podemos decidir entre tomarlo o dejarlo. Este “regalo” no incluye la transferencia tecnológica indispensable para que nos apropiemos de la tecnología y del conocimiento acumulado. En cambio, nosotros queremos que nuestro sistema educativo apueste por tecnologías que habiliten el desarrollo tecnológico nacional.

Todos sabemos que a veces hay “regalos” que es mejor no aceptar, y el acuerdo Google-ANEP-Ceibal es uno de ellos.

Declaración sobre el acuerdo de ANEP y Ceibal con Google

Como docentes, investigadores y profesionales dedicados a la Educación y la Tecnología, ciudadanas y ciudadanos uruguayos, queremos manifestar públicamente nuestra preocupación sobre el acuerdo promovido desde el Plan Ceibal y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) que posibilitaría el uso de sistemas de comunicación y almacenamiento ofrecidos por la empresa Google a estudiantes y docentes del Sistema Educativo Uruguayo, tanto público como privado.

A través de este acuerdo, la ANEP y Ceibal promueven que la información personal que se genera en el uso de estas herramientas por parte de profesores, estudiantes, jóvenes y niños, quede almacenada en servidores que están fuera del Uruguay y en la órbita legal de los EEUU, fuera de la Jurisdicción Nacional y de la competencia de nuestros jueces.

La revelación de la vigilancia generalizada en Internet llevó al estado uruguayo a asegurarse que la Administración Pública utilice únicamente recursos informáticos soberanos, situados en el territorio nacional. Así como el decreto 92/014 considera las comunicaciones del Estado central dignas de protección, nosotros consideramos que los mismos derechos deberían ser extendidos, por parte de las autoridades de toda la Educación Pública, a quienes estudian y trabajan en ella.

Hasta el momento no existe información clara, ofrecida institucionalmente a la ciudadanía, respecto a:

1- cómo se tomó la decisión;
2- qué políticas educativas y tecnológicas justifican esta decisión;
3- quiénes participaron de la toma de decisión;
4- en qué órganos de gobierno fue refrendado;
5- cuáles son los alcances del acuerdo;
6- cuáles son las etapas y compromisos que involucra a corto y mediano plazo, desde el punto de vista institucional, pedagógico, económico y tecnológico;
7- cuáles son las políticas respecto a la privacidad de los datos personales, y en particular de los datos sensibles, que se han tomado para preservar la integridad de los usuarios.

La falta de claridad en cuanto a los fundamentos pedagógicos de la decisión genera serias dudas respecto a los supuestos beneficios que el uso del sistema de comunicación y almacenamiento de Google aportará al Sistema Educativo.

Estos beneficios no son evidentes en lo que respecta a lo estrictamente educativo. Según declaraciones del Presidente de ANEP, Prof. Wilson Netto, con esta iniciativa se “están explorando nuevas formas de construir aprendizajes”, haciendo hincapié en que los servicios contratados no tendrán costo para el Estado ni para los usuarios (1). No parece sin embargo bien fundamentado el uso de las herramientas de correo y almacenamiento en nube de Google como tecnologías educativas, ya que de por sí no lo son.

Por otra parte, de acuerdo a la noticia compartida en la página del Plan Ceibal, el acuerdo incluiría también el acceso a contenidos educativos de la tienda on-line Google Play for Education (2). Las aplicaciones educativas de dicha tienda de Google sólo pueden ser instaladas en dispositivos comercializados o autorizados por Google (3). ¿Cómo se podrá acceder a los contenidos de Google Play for Education desde los dispositivos que Ceibal ha distribuido hasta ahora?

Los beneficios para el país no quedan claros, pero sí pueden identificarse los beneficios que este acuerdo le aporta a la estrategia comercial de Google. Es conocido que el modelo de negocio de Google se basa en la entrega de servicios gratuitos a cambio de datos que serán usados para generar perfiles de usuario de forma automatizada y, en base a cada perfil, ofrecer publicidad de diferentes formas.

Google ha enfrentado en los últimos años numerosas demandas en los Estados Unidos por violación de leyes federales (Family Educational Rights and Privacy Act, FERPA) que involucran la privacidad de los estudiantes usuarios de la plataforma Google Apps for Education. En particular se constató que la mencionada empresa procesaba los correos electrónicos de los estudiantes, para luego ofrecerles publicidad personalizada (4), pese a que esta funcionalidad estaba deshabilitada en la mencionada plataforma.

Eric Schmidt, presidente de Google, declaraba: «Si haces algo que no quieres que nadie sepa, quizás ante todo no tendrías que estarlo haciendo» (5), equiparando así el ejercicio de la privacidad con una presunción de culpabilidad. Nos parece importante romper con la lógica de lo impuesto, de que la privacidad no es un bien, del “yo no tengo nada que esconder”. Es deber del Estado no sólo defender este valor, sino también educar en las consecuencias del uso de las tecnologías. El Presidente del Plan Ceibal, Ing. Miguel Brechner, ha manifestado públicamente su desconocimiento respecto al uso que Google hará de todos los datos que generen los usuarios y de cuáles serán las garantías que esta empresa brindará al cúmulo de datos personales de nuestros estudiantes y docentes (6). Hacemos particular énfasis en lo preocupante de estas declaraciones, provenientes de un jerarca del gobierno y referente en temas tecnológicos.

El Ing. Brechner argumenta que la adopción de las herramientas de Google será un acto voluntario de los usuarios (7), y con este argumento parece eximir de responsabilidad institucional en los alcances de este acuerdo al Plan Ceibal y a la ANEP. Aunque desconocemos los términos y condiciones negociados en este caso particular, sabemos que la forma de operar usual de Google consiste en que cada usuario deba aceptar un contrato de adhesión, que Google se reserva el derecho de modificar, y que no es negociable. Esto dejaría a los usuarios a merced de las condiciones que imponga la empresa, y a Ceibal y ANEP en el rol de simple intermediario técnico.

Resulta evidente que no es lo mismo el uso individual de las herramientas de Google que su impulso a nivel institucional y estatal. En este caso estamos ante un acuerdo que propicia el uso de las herramientas de Google en el sistema educativo de todo un país. Pretender que el uso o no del servicio, la aceptación o no de las condiciones del mismo, es un acto voluntario del niño o de sus padres es una falacia y una renuncia del Estado a asumir sus responsabilidades respecto a las herramientas que promociona, en particular en términos de autodeterminación informativa y, por ende, de garantías a los ciudadanos.

En lugar de destinar recursos para impulsar el desarrollo local de un sistema contextualizado a las reales necesidades de nuestra educación -definidas por expertos en pedagogía- con almacenamiento de los datos en territorio uruguayo y bajo la protección de las leyes de nuestro país, preservando la privacidad  de los usuarios, se opta por una solución engañosamente rápida y gratuita en términos monetarios, que tiene como resultado la cesión de los datos de los usuarios a una empresa multinacional. Nos preguntamos, por lo tanto, si existen en realidad políticas definidas en términos de educación y soberanía tecnológica.

Desde el Plan Ceibal las cuestiones de selección de herramientas tecnológicas se han tratado desde una visión pretendidamente “neutra”. Sin embargo, la tecnología no es neutra; implica una elección de principios y tiene consecuencias que van más allá de su funcionalidad o gratuidad. Creemos que llegó la hora de pensar el tema desde una concepción de políticas institucionales de Estado o, cuando menos, a nivel de la Educación Pública, con énfasis en educación, soberanía tecnológica y el cuidado de los datos.

Mientras tanto, resulta imprescindible que exista una discusión pública sobre las siguientes preguntas: ¿Se ha estudiado la posibilidad de utilizar, extender o construir una plataforma nacional o regional que provea servicios similares?, ¿la ANEP tendrá control sobre el uso de los contenidos y datos alojados en la plataforma de Google Apps for Education?, ¿cuáles son los beneficios que el uso de los servicios de Google aportarán al Sistema Educativo?, ¿es posible auditar a Google?, ¿existe riesgo de que este acuerdo derive en que las políticas tecnológicas de nuestro Sistema Educativo se hagan dependientes de Google, desde las herramientas de comunicación hasta las aplicaciones educativas y las laptops?, ¿qué políticas de inclusión de tecnología en educación queremos implementar a nivel país?, ¿quién debe decidir estas cuestiones?

Dejamos planteadas todas estas preguntas, esperamos que se reconsidere la decisión tomada y solicitamos que se habilite una instancia de discusión del tema a nivel institucional y ciudadano.

Más de 300 personas y 14 organizaciones apoyan esta iniciativa.

Cliqueá para ver las adhesiones

 

CITAS:

(5) Citado por https://aralbalkan.com/, 21’30» en el video «The Camera Panopticon»
(7) Miguel Brechner (presidente del Plan Ceibal): “Es muy importante que no haya obstáculos para el uso de la tecnología”. En Perspectiva, mayo 25,  2015. http://www.enperspectiva.net/en-perspectiva-radio/entrevistas/miguel-brechner-presidente-del-plan-ceibal-es-muy-importante-que-no-haya-obstaculos-para-el-uso-de-la-tecnologia/

Éramos pocos y cayó EGEDA…

Televisor

Imagen: TMAB2003. Flickr. CC BY ND

…Es lo que en estos días bien pueden estar pensando unos cuantos miles de almaceneros, peluqueros, bolicheros y otros pequeños comerciantes que, según todo indica, a partir del 30 de abril van a ser el blanco de las recorridas e intimaciones de una ignota y oscura entidad de gestión de derechos de autor.

EGEDA Uruguay (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales) es la cabeza visible en este nuevo revuelo generado por una ley de derechos de autor que da carta blanca para que asociaciones nacidas de abajo de las piedras salgan a reclamar derechos de autor y derechos conexos hasta por las más insospechadas razones.

Empecemos por el principio. ¿Qué es lo que planea salir a cobrar EGEDA? Planea salir a cobrar derechos de comunicación pública de obras audiovisuales. Para ello, pretende ampararse en el artículo 2 de la ley de derecho de autor, que dice: “El derecho de propiedad intelectual sobre las obras protegidas en esta ley comprende la facultad exclusiva del autor de enajenar, reproducir, distribuir, publicar, traducir, adaptar, transformar, comunicar o poner a disposición del público las mismas, en cualquier forma o procedimiento.”

Estas facultades, que a priori parecerían defender al autor, ya veremos que en realidad no son otra cosa que privilegios pensados para unos intermediarios (productores, editores, discográficas, etc.) que suelen comportarse de manera inescrupulosa en su afán desmedido de lucro. Por culpa de una ley mal hecha, estos titulares de derechos tienen, entre otras cosas, un poder desproporcionado a la hora de salir a realizar cobros en lugares poco verosímiles.

Por ejemplo, la facultad exclusiva de distribuir las obras incluye, además de la venta y el arrendamiento, también el préstamo de obras, por lo cual las bibliotecas públicas y populares corren el riesgo de que el día de mañana una nueva gestora de derechos los intime a pagar por los libros que prestan gratuitamente a la comunidad (como ya sucede en España). Algo similar bien podría ocurrir con los museos, dado que la facultad exclusiva de comunicación pública incluye, entre otras cosas, la exposición pública de obras de arte. Por no hablar de los campus virtuales de nuestras universidades, que realizan la puesta a disposición de obras, lo cual es en teoría objeto de pago. ¡Hasta sacar fotos de monumentos en la vía pública requiere pagar según nuestra ley!

Todo esto, que de por sí es problemático, no lo sería tanto si al menos estos mecanismos estuvieran al servicio de beneficiar a los autores. Pero, como se imaginarán, no es el caso.

A pesar del malentendido que EGEDA se empeña en fomentar a través de la prensa, esta entidad no está recaudando ingresos destinados a los autores. EGEDA gestiona derechos de los productores audiovisuales. Y si lo hace es porque, según el artículo 29 de la ley de derecho de autor: “Se presume, salvo pacto en contrario, que los autores de la obra audiovisual han cedido sus derechos patrimoniales en forma exclusiva al productor, quien además queda investido de la titularidad del derecho a modificarla o alterarla, así como autorizado a decidir acerca de su divulgación”.

Es decir, los autores de las obras audiovisuales (directores, guionistas) debieron ceder sus derechos a los productores mucho antes de que su trabajo llegara a ser distribuido, publicado y comunicado públicamente. Los derechos por esos conceptos, una vez cedidos, serán retenidos por el productor, salvo que exista un muy improbable pacto en contrario.

Bien podríamos suponer que estos productores son empresarios nacionales que se están esforzando por crear una industria audiovisual local, lo cual sería muy beneficioso para el país. Hay muchas empresas haciendo este esfuerzo, pero basta mirar la grilla de la TV por cable para comprobar que la cuota de pantalla de nuestra producción sigue siendo escasa.

Poco se sabe de cuáles son las empresas representadas por EGEDA, pero podemos afirmar que representa a productores audiovisuales nacionales y extranjeros y que como toda entidad de gestión de derechos, forma parte de un circuito global a través del cual circula y se asigna la recaudación. Como ya contamos en un post anterior, EGEDA Uruguay en realidad es parte de una red internacional que opera en Estados Unidos, España y varios países de América Latina, y su formación fue impulsada en 2007 por sus equivalentes en los países desarrollados. El objetivo de estas redes internacionales es rastrillar dinero de los países menos desarrollados hacia los países centrales, en especial Estados Unidos, que es el principal exportador de productos audiovisuales como series, documentales y películas. En otras palabras, los beneficiados no son ni los autores ni los productores audiovisuales locales, sino la industria del entretenimiento global, de donde viene la gran mayoría de los productos de ficción y documentales que se consumen en el cable.

El blanco al que apunta EGEDA son los consultorios médicos, peluquerías, bancos, gimnasios, clubes sociales y deportivos, bares, restaurantes, comedores, hoteles, supermercados, etc. En 2013 una breve reforma de la ley de derecho de autor eximió a los servicios de salud de pagar, pero los comercios permanecen a merced de la potestad de EGEDA de fijar los precios que crea conveniente.

Conviene por un momento seguir la cadena de pagos de derechos. En principio, los productores audiovisuales cobran a los cines y a los canales de TV por la transmisión de sus obras. Hasta acá, todo parecería seguir un curso normal. El absurdo comienza una vez que los canales venden su programación a los operadores de cable y EGEDA, en representación de los mismos productores que ya cobraron antes a los canales de TV, interpreta ahora que los operadores de cable retransmiten sus obras, y por lo tanto, cobran una nueva licencia. Pero la cuestión no termina ahí, porque los operadores de cable les venden sus paquetes a los comerciantes y estos, al prender la tele, están haciendo un acto de comunicación pública, por lo cual nuevamente entra en acción EGEDA, en representación de los mismos productores que ya cobraron primero al canal de TV y luego al cableoperador.

Con el canon EGEDA, se volverá a pagar una vez más por lo mismo, a los mismos. Una vez que un producto audiovisual llega a las pantallas, ya han sido pagados los sueldos y costos de realización. Ya se cubrieron los gastos de edición y distribución. La productora ya vendió su producto al canal, el cual recibe ingresos por retransmisión de las empresas de TV para abonados. Agregar un nuevo canon a esta cadena no genera fondos para nuevas creaciones, sino que va para los grandes productores que ya están en el mercado y ya recaudaron de otras maneras.

Con este canon, los comerciantes locales, en su enorme mayoría micro y pequeñas empresas uruguayas, transfieren ingresos a la industria del entretenimiento multinacional. Evidentemente esto también perjudica a los usuarios, quienes pagan los derechos de retransmisión que se les cargan a través de la factura del cable, y ahora pagarán la comunicación pública trasladada al ticket del bar.

Antes de finalizar, caben algunas preguntas más: ¿quién va a inspeccionar a las miles de empresas “usuarias” que supuestamente tiene mapeadas EGEDA? ¿Con qué autorización van a entrar a los locales a vigilar qué transmite la TV? ¿Cómo se acreditarán ante los comerciantes para dar cuenta de que representan a los supuestos socios de EGEDA? ¿Cómo sabe el comerciante quiénes son esos asociados, cuáles son las obras gestionadas por EGEDA y cuáles no lo son? ¿Podría optar el establecimiento por “salirse” del sistema de EGEDA y seleccionar otra fuente de obras audiovisuales? Por ejemplo, muchos podrían utilizar audiovisuales licenciados con Creative Commons, o simplemente obras de productores no representados por EGEDA. Y en ninguno de esos dos casos le corresponde a EGEDA cobrar absolutamente nada. Preguntas similares se le podrían hacer a AGADU y a cualquier otra asociación privada que se presente a cobrar derechos de comunicación pública.

Algunos gremios de comerciantes ya se han expresado públicamente rechazando este canon, que consideran abusivo. En todo caso, cualquier comerciante puede y debe hacer las preguntas anteriores al recibir la intimación a pagar o la visita del supuesto “inspector”.

En síntesis, el canon EGEDA representa la aparición de un nuevo negocio parasitario, posible gracias a una ley de derecho de autor hecha al servicio de los intereses de los más poderosos. Los beneficiarios de este canon no serán los autores sino los productores, y, dentro de ellos, muy probablemente la mayoría serán empresas extranjeras (y la propia EGEDA, que sin dudas cobrará sus “gastos administrativos”). Se pagará por un concepto absolutamente redundante, y pagarán quienes ya están pagando por la señal de TV cable. El pago recaerá, mayoritariamente, en micro, pequeñas y medianas empresas locales, y no será para producir nuevas obras nacionales, sino para enriquecer más aún a multinacionales del entretenimiento. Lo más inquietante, quizás, es que este tipo de canon planea como una amenaza sobre otros sectores, como las bibliotecas, museos, centros educativos y culturales, ya que estos también distribuyen y comunican al público el patrimonio cultural. La pregunta es hasta dónde llegan los tentáculos de la ley, y los escrúpulos de quienes se amparan en ella para avanzar sobre los derechos culturales de la gente.

Declaración de Richard Stallman sobre el caso del semanario El Eco

Richard Stallman 2005 (chrys)

Desde Derecho a la Cultura contactamos a Richard Stallman, fundador y principal referente del movimiento de software libre en el mundo, para ponerlo en conocimiento del caso del semanario El Eco de Colonia, en el que la jueza María Alexandra Facal ordenó la incautación de los equipos informáticos del semanario El Eco por presunto uso de programas de computación sin licencia, violando la libertad de expresión de los trabajadores de prensa. A continuación transcribimos la declaración de Richard Stallman al respecto:


«Las leyes especiales para castigar a los usuarios de copias no autorizadas de los programas privativos son injustas porque aumentan la injusticia de un programa privativo. La raíz de esta injusticia es el hecho de hacerlo privativo, y su culpable es el propietario del programa.

Un software privativo es injusto porque somete a sus usuarios al poder de su propietario. Las copias autorizadas son injustas, y las copias no autorizadas son también injustas aunque un poquito menos. El único camino a la libertad es no usar el programa privativo. Entonces el estado debería adoptar políticas (como las de http://gnu.org/philosophy/government-free-software.es.html) para llevar a la gente a cesarlo.

Entonces, ¡ayuden a ese periódico a escaparse de Windows!»


Agradecemos las palabras de Richard Stallman, que refrendan una vez más la importancia del software libre para la libertad de expresión.